miércoles, 30 de abril de 2014

10 Millones de Colombianos no Cotizan Hoy para su Pensión


Pérdida del trabajo, evasión y cambio de condición laboral, entre las causas.

El cambio en las condiciones laborales, entre otros motivos, mantiene por fuera del sistema pensional a cerca de 10 millones de colombianos, que en los últimos seis meses no han podido aportar para su jubilación.

Solo entre septiembre del 2012 e igual mes del presente año, unos 564.000 colombianos entraron a ser parte de ese grupo que, por algún motivo, debió ‘congelar’ sus aportes obligatorios tanto a un fondo privado como al régimen de prima media, según el más reciente informe revelado por la Superintendencia Financiera.

Un analista de la AFP Horizonte indica que no es tan fácil determinar las causas por las que una persona deja de cotizar en un periodo determinado.

Pero precisa que lo más común, para un tiempo prolongado, es la pérdida del empleo, que la persona adquirió independencia laboral o, incluso, que la compañía en la que trabaja incumple esa obligación a sus espaldas.

Hasta septiembre, poco más de ocho millones de colombianos cotizaban para su jubilación, frente a los 7,7 millones del año pasado.

Aunque esta situación evita que el ahorro pensional crezca a un mejor ritmo, también las condiciones del mercado han minado el saldo que hay en esos fondos.

El monto registrado a septiembre pasado era de 150 billones de pesos y reflejaba un crecimiento anual del 10 por ciento, frente a una tasa del 17,3 por ciento observada en septiembre del 2012.

Ahorro obtiene rendimientos, pese a las dificultades del mercado

Según datos de la Superintendencia Financiera, la rentabilidad promedio alcanzada por los fondos de pensiones obligatorias, desde cuando se crearon en mayo de 1994, alcanza el 4,81 por ciento real (descontada la inflación), mientras que para los dos últimos años, agosto del 2011 y septiembre del 2013, ese promedio fue de 4,15 por ciento, muy por encima del mínimo exigido de 1,18 por ciento.

Para el gremio de los fondos privados, Asofondos, en los nueve primeros meses del 2013 los rendimientos fueron de 103.000 millones de pesos. En el año completo, es decir, septiembre del 2012 frente a igual mes del 2013, sumaron los 6,1 billones de pesos.


Vía: El Tiempo.

Familias en Cartagena Cobraban Pensión de sus Familiares Muertos

Investigan participación de funcionarios encargados de otorgar certificados de supervivencia.
El gerente del Fondo de Pensiones del Distrito de Cartagena, Óscar Marín, denunció que 10 personas venían cobrando las mesadas de sus familiares que ya habían muerto.

Hay casos de pensionados que murieron en el 2010, y sin embrago sus familias, con poderes falsos, seguían cobrando las mesadas.

“Se trata de casos en los cuales los familiares no reportaron el fallecimiento de sus seres queridos y por el contrario siguieron cobrando pensiones superiores al millón de pesos”, explica el funcionario Marín, agrega que incluso hubo un caso del 23 de mayo del 2013 en el cual una de estas familias inescrupulosas hizo una solicitud al Distrito para el reajuste de la pensión de una persona muerta hacía más de dos años.

El funcionario aseguró que este robo al erario público será puesto en conocimiento de la Fiscalía porque al parecer estarían involucrados funcionarios de notarías que son los entes que año tras año deben otorgar los certificados de supervivencia con los cuales los pensionados ratifican la necesidad del cobro de la pensión.

Entre los casos denunciados hay varios que involucran a pensionados de empresas públicas de la capital de Bolívar.

Vía: El Tiempo.

Estudian más Inversión de Pensiones en Exterior


En abril, nuevo proyecto que busca mejorar la rentabilidad de los fondos de pensiones.

Mientras se conocía sobre las pérdidas en el ahorro para las pensiones de los trabajadores, el Gobierno retomó la posibilidad de que los fondos privados (AFP) puedan invertir más en el exterior y así mejorar la rentabilidad de los recursos que le administran a unos 11,7 millones de colombianos.

En ello ya trabaja la ‘Comisión de renta fija’ conformada por un equipo de técnicos de amplia experiencia, la cual se encargará de presentar en marzo sus recomendaciones que servirán de base para elaborar un nuevo proyecto de decreto que se pondrá a discusión del mercado a finales de abril. El año pasado se retiró una primera iniciativa, tras considerar que requería grandes ajustes.

David Salamanca, director de Regulación Financiera del Ministerio de Hacienda, precisó que esa comisión se ha venido reuniendo desde noviembre del 2013 y lo hará hasta marzo, cuando entregue sus consideraciones finales.

El año pasado, el ahorro en fondos de pensiones y cesantías registró unas pérdidas por encima de los 655.000 millones de pesos, como consecuencia de que tanto las acciones en la bolsa colombiana como otros títulos en los que se invierte ese ahorro tuvieron un comportamiento negativo.

En lo que va de este año las acciones colombianas acumulan una pérdida superior al 5 por ciento, según la Bolsa de Valores de Colombia (BVC).

Si bien el gremio que reúne a los fondos privados (Asofondos) admitió que el Gobierno trabaja en la búsqueda de un esquema que permita a las AFP obtener mayores retornos para sus afiliados, se abstuvo de opinar sobre la necesidad y los alcances de esta iniciativa.

Directivos de distintos fondos, que pidieron no ser identificados, tuvieron opiniones encontradas al respecto. Uno de estos señaló que se necesitan los cambios que permitan invertir más en activos y otros títulos del exterior, mientras otro aseguró que “tal como están las cosas están bien”.

Andrés Pardo, jefe de Investigaciones Económicas de Corficolombiana, sostiene que tal como está concebida la norma hoy, "no hay un verdadero incentivo para que los fondos realicen un mayor esfuerzo en buscar rentabilidades más altas que beneficien a los afiliados y eso es malo para todos".

El consenso del mercado apunta a que esos cambios anunciados desde el año pasado se requieren con urgencia porque el esquema actual genera efectos poco positivos para las personas y crea ineficiencia en la administración de los portafolios.

Los errores del pasado

Una de las críticas que recibió el Gobierno con el primer proyecto fue que lo quiso presentar como fórmula para contener la revaluación del peso.

Otro aspecto tuvo que ver con el diseño de la fórmula de rentabilidad mínima que no dejaba mucho margen a los fondos para invertir en títulos distintos a los TES tasa fija (como, por ejemplo, los indexados a la inflación, que protegen más al ahorrador).

La fórmula también desincentivaba la inversión en la deuda privada, lo que frenaba la salida de empresas al mercado de capitales.


Vía: El Tiempo.

Así Funcionará la Pensión Familiar.


Con esta figura cada año podrían jubilarse 10.000 personas.

Con la nueva figura de la pensión familiar, que permite la suma de las semanas o el ahorro acumulados por una pareja en edad de retiro, incluidas las del mismo sexo, cada año podrían jubilarse 10.000 personas.

¿Quiénes pueden acceder?

Esposos o compañeros permanentes afiliados a Colpensiones o a una AFP que lleven al momento de solicitar la pensión más de cinco años de relación conyugal, que se haya iniciado antes de cumplir cada uno 55 años de edad.

¿Qué requisitos hay?

Si están en Colpensiones, este año, los hombres deben haber cumplido 62 años; las mujeres, 57. En los dos casos, haber cotizado menos de 1.275 semanas y no haber recibido indemnización sustitutiva. La suma de las semanas de los dos debe ser de, al menos, 1.275.

Cuando cumplieron 45 años, debieron haber cotizado el 25 por ciento de las semanas requeridas para pensionarse en esa época. Por ejemplo: si en el 2005 cumplió 45 años, debió tener 262,5 semanas.

Encontrarse en los niveles I o II del Sisbén al cumplir la edad de pensión.

¿Y sí están en una AFP?

Estar en el mismo fondo; tener 62 años los hombres y 57 las mujeres, No haber acumulado el capital necesario para una pensión por lo menos igual al salario mínimo.

¿Si están en AFP distintas?

Se puede acceder a la pensión a través de la AFP con mayor saldo ahorrado, para lo cual deberán solicitar el traslado de fondo.

¿Cuál es ese trámite?

Deben pedir a cada fondo el saldo ahorrado, el número de semanas y, en caso de aplicar, el valor de los bonos pensionales y sus rendimientos.

¿Si uno está en Colpensiones y otro en una AFP, puede haber traslado de régimen si faltan menos de 10 años para la edad de pensión familiar?

Sí. Por una única vez. Si al primero de octubre del 2012 les faltaban menos de 10 años se puede realizar traslado entre regímenes y escoger en cuál quieren la pensión familiar.

¿Cuál es el monto de la pensión?

Si la da Colpensiones, será un salario mínimo; si la otorga una AFP, dependerá de la suma del capital ahorrado; si el capital no alcanza, se podrá otorgar la garantía de pensión mínima.

¿La pareja tendrá cobertura en salud?

Sí. Serán afiliados al régimen contributivo. Uno de sus miembros como cotizante y el otro, como beneficiario.


Vía: El Tiempo

En Colombia Hay una Mujer por Cada Dos Hombres Afiliados a Pensiones



En Agosto, el Gobierno presentaría reforma pensional, según se conoció en el Congreso de Asofondos.

En el país hay 22 millones de trabajadores, de los cuales, solo 7,7 millones cotizan o ahorran para una pensión por lo que se estima que en el futuro el 90 por ciento de las personas se quedará en el camino (sin un ahorro para su subsistencia en la vejez). La situación será más crítica para la mujer.

Por cada mujer afiliada al sistema hay dos hombres que recibirán una pensión en el futuro, según las estadísticas presentadas por el superintendente financiero, Gerardo Hernández, durante el Séptimo Congreso de Asofondos que se realiza en Cartagena.

La informalidad laboral, de acuerdo con lo expresado por Ana Fernanda Maiguashca, codirectora del Banco de la República, es la principal responsable de esa diferenciación que tendrá que abrir un nuevo capítulo en una eventual transformación de la política pensional en el país.

Y es que, si la informalidad en el mercado de trabajo colombiano es de alrededor del 60 por ciento, según las estimaciones del Ministerio del Trabajo, en el caso de la mujer es más profunda. Así lo establece Cecilia López, directora del Cisoe (Centro de Investigaciones Sociales y Económicas) y una de las panelistas en el Congreso de Asofondos. "En cualquier tema que se toque, la desigualdad de género sale a relucir. La tasa porcentual de participación laboral de la mujer está 20 puntos por debajo de la de los hombres. En el sector rural es peor: de 40 puntos por debajo y esto, para el sistema pensional significa que nos vamos a llenar de ancianas indigentes, porque no pueden cotizar para una pensión".

Según López "los fondos de pensiones, desde el principio, se plantearon como un esquema para hombres, jóvenes y del sector formal. Las mujeres no están suficientemente representadas en el sector formal, tienen salarios bajos y no solo eso sino que tienen una permanencia intermitente en el mercado laboral, entre otras, por la famosa economía del cuidado que las obliga a entrar y salir de los puestos de trabajo para cuidar a algún integrante de la familia".

Por el lado de los ingresos de los fondos privados de pensiones, en cambio, han sentido el incremento de la formalización laboral. Miguel Largacha, presidente de la administradora de pensiones y cesantías Porvenir, dice que "tanto en los recaudos de cesantías y los crecimientos de contribuciones de pensiones obligatorias se siente el cambio. La industria en total recaudó en cesantías un 15 por ciento más en el primer bimestre del año frente al mismo periodo del año anterior. En pensiones el incremento es del 2 por ciento y en el caso particular de Porvenir, al cierre del primer trimestre estamos creciendo al 18 por ciento. Eso es reflejo de la formalización de empleo".

La directora del Cisoe, entre tanto, advirtió que el problema en el país es que se están creando incentivos tributarios para fomentar la formalización, pero "no todas las empresas formales están creando empleo formal. "Cómo se va a llamar formal un trabajo de tres meses cuya contribución a la seguridad social depende de la persona. En algunas empresas de telefonía por ejemplo, todos los contratos que se están haciendo son trimestrales".

Un fenómeno mundial

Uno a uno, los expertos que participan en el Congreso de Cartagena, fueron poniendo los elementos que amenazan al sistema pensional y que parecen ser comunes a muchos de los países del mundo, inclusive a los de mayor nivel de desarrollo.

En el caso colombiano hay dos posibilidades de afiliación. La primera es el régimen de prima media (RPM), en manos de Colpensiones, entidad que reemplazó al extinto y criticado Seguro Social y, la segunda, es el régimen de ahorro individual solidario (RAIS), que se maneja a través de fondos privados.

Las cuentas expuestas por el Superfinanciero señalan que el 84 por ciento de las personas cotizan sobre dos salarios mínimos y el 2 por ciento lo hace sobre cuatro salarios mínimos.

Guillermo Arthur, presidente de la Federación Internacional de Administradoras de Fondos de Pensiones, señaló que las dificultades de los sistemas pensionales persisten en la mayoría de países, si se tiene en cuenta que "las personas están cotizando el 10 por ciento de lo que se requiere para financiar 20 o 30 años de pensión. Esto, sin contar con que "hoy, ya han nacido los niños que vivirán 100 años, lo que requerirá aún más recursos para alimentar el sistema".

Largacha, por su parte, sacó a relucir el dilema que hay alrededor del salario mínimo en Colombia. "En el 2002 se necesitaban 116 millones para pensionarse con el salario mínimo, en el 2012 ya se requieren 138 millones, es un 16 por ciento más, simplemente porque el salario mínimo se sube por encima de la inflación".

Al final, cada todas estas reflexiones intentan conducir al mismo camino: ¡cuál es el mejor sistema para pensionar a la gente?

Vía: El Tiempo

Sin Ahorro no Habrá Pensión


Subsidios, informalidad laboral y tendencia de los jóvenes a no cotizar, las amenazas del sistema.
El mundo tiende cada vez más a reducir los subsidios a las pensiones y, a cambio, estimular el ahorro, con el argumento de que una persona decide con cuánta plata quiere vivir en su vejez.

Esa es la conclusión que dejó el debate generado en el Séptimo Congreso de Asofondos que se realizó en Cartagena, en el que salió a relucir que los subsidios son una de las causas del abultado pasivo pensional que se ha generado en el país, en parte, porque las políticas de apoyo que se crean para los que tienen menos ingresos, terminan financiando el aseguramiento en la vejez de los más ricos.

Un estudio realizado por el centro de estudios, Anif, reveló que el valor pensional a futuro, calculado en pesos del presente, ascendería a 144 por ciento del producto interno bruto, es decir, una cifra que no cabría en ninguna calculadora, teniendo en cuenta que el PIB nacional es de más de 700 billones de pesos.

Anif señala que el 85 por ciento de ese costo corresponde a subsidios y el ministro de trabajo, Rafael Pardo, ha dicho que, de los 24 billones de pesos que en el 2012 sacó el Estado para pagar la pensión de 1,6 millones de colombianos, el 80 por ciento subsidió a las pensiones más altas, que son el 20 por ciento de los jubilados.

El otro impacto a la bolsa pensional es el de la tendencia de la juventud a no cotizar para su vejez, siendo que el sistema pensional está diseñado como una cadena: los que cotizan ahora financian a los que se van a pensionar ya, y el aporte de los jóvenes de hoy lo recibirán cuando viejos de los trabajadores que en el futuro ayuden a financiar las pensiones. “Los jóvenes creen que la jubilación está tan lejana que es difícil lograr que piensen en ella”, señala el profesor Richard Thaler, de la Universidad de Chicago y conferencista principal en el Congreso de Asofondos.

No obstante, la informalidad laboral es la amenaza mayor de la sostenibilidad financiera para el sistema de pago de las pensiones y fue esta la que motivó el debate en el Congreso de Asofondos. En el evento, quedó claro que, en un país como el nuestro, “la mejor reforma pensional es la laboral”, según estableció el presidente de Asofondos, Santiago Montenegro.

El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, aceptó esa realidad y expresó que el Gobierno hizo un esfuerzo en la reforma tributaria del 2012, para reducir los costos laborales a las empresas y estimular la creación de empleo formal, pero que continuarán apuntándole al objetivo de reducir la informalidad laboral.

El ahorro de cada persona, aunque sea gota a gota, es clave para la pensión. Thaler recomienda un mecanismo de retención automática, de un piso del 3 por ciento de los ingresos, aunque destacó que para ello hay que combatir primero la informalidad laboral y estimular la bancarización.

El experto señaló que se debe jugar con lo que llamó ‘paternalismo libertario’, una combinación de ayuda del Estado a la gente para que logre sus objetivos, con un estímulo a la participación en el ahorro.

Una luz en el camino en Colombia

Para recomponer el sistema pensional en Colombia, ya se está impulsando poco a poco un esquema que incentive el ahorro para la vejez. Los BEPS (Beneficios Económicos Periódicos) son una de esas alternativas. No son una pensión subsidiada, sino un incentivo. Segúnexplica el viceministro de empleo y pensiones, Juan Carlos Cortés, se trata de un mecanismo flexible y voluntario, en el cual la persona que no gana salario mínimo puede generar un mecanismo que le permita guardar un poco de su ingreso para que, una vez llegue a la edad de jubilación, pueda obtener un subsidio del Estado y completar así para disponer de una renta vitalicia hasta su fallecimiento.

Si un beneficiario de una sustitución (por la muerte del cónyuge, por ejemplo) opta por no retirar la plata y ahorrarla en BEPS, el Estado le dará el 20 por ciento más de lo que tenga.

En la actualidad, en Colombia hay 5,3 millones de personas en edad de pensión que no cotizaron las 1.300 semanas que establece la ley, luego, quedarían desamparadas en la edad no productiva de su vida. El avance de los BEPS es una esperanza para muchos de ellos. “Hoy, los beneficiarios identificados son 560.000 en Colpensiones y 80.000 en los fondos de ahorro individual”.

Pensiones se deben invertir en obras

Durante el Congreso de Asofondos, varios países mostraron sus experiencias. Se destaca la chilena, presentada por Rodrigo Álvarez, presidente de la Asociación de Cocesionarios de obras públicas, quien recordó una de las estrategias de financiamiento que llevaron a la modernización de la infraestructura en ese país: la de la participación de los fondos de pensiones en el negocio de la infraestructura. “Su aporte previsional pagó esta carretera, esta carretera pagará su pensión, fue la idea que se propagó entre los ciudadanos”, indicó Álvarez.

La inversión chilena en infraestructura ha sido de 18.000 millones de dólares (unos 36 billones de pesos) y en estos momentos realizan obras por 3.000 millones de dólares más. “Hay 40 empresas concesionarias, de las cuales, 34 son grupos extranjeros”, expresa Álvarez, quien recomienda que Colombia no cometa los mismos errores que Chile. “Hay un modelo institucional con garantías e instrumentos de solución de controversia. Todo está en un estatuto de inversión extranjera que ha sido altamente atractivo para los inversionistas”.

Lo cierto es que, en Colombia como en todos los países del mundo, tanto para ricos, pobres, viejos y jóvenes, la tendencia es a implantar la idea de que ‘sin ahorro no habrá pensión’.


Vía: El Tiempo

martes, 29 de abril de 2014

Las Tres Formas de Pensionarse en Colombia



El régimen de pensiones en Colombia ha sido creado con el ánimo de garantizar a la población el amparo en la vejez y ante eventualidades como invalidez o muerte. Entérese de las condiciones exigidas para acceder a cada una de ellas.

Pocos sectores en Colombia son tan dinámicos y cambiantes como el de las pensiones. Ante los constantes cambios que ha sufrido el sistema pensional en el país, en especial en el último año, son muchas las inquietudes e interrogantes que los colombianos van acumulando en torno a este tema. ¿Cuánto tiempo se debe cotizar? ¿Qué condiciones hay para reconocer una pensión por invalidez? ¿Quiénes pueden reclamar una pensión por sobrevivencia? A continuación algunas de las respuestas.


Pensión de vejez

Según el artículo 33 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 9° de la Ley 797 de 2003 para acceder a una pensión de vejez en el Régimen de Prima Media con Prestación Definida , que rige al Seguro Social, los afiliados deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Haber cumplido 55 años de edad si es mujer y 60 años si es hombre, sin embargo a partir del primero de enero de 2014 la edad se incrementará a 57 años para las mujeres y 62 para los hombres.

2. Haber cotizado un mínimo de semanas, así: 1.200 en 2011, 1.225 en 2012, 1.250 en 2013, 1.275 en 2014 y 1.300 a partir de 2015.

Según el artículo 64 de la Ley 100 de 1993, los afiliados al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, que rige a los fondos de pensiones, pueden acceder a la pensión de vejez al cumplir los siguientes requisitos:

1. Tener en su cuenta de ahorro individual un capital que les permita obtener una pensión mensual superior al 110% del salario mínimo legal mensual vigente a la fecha de expedición de la Ley 100 de 1993, reajustado anualmente según la variación porcentual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) certificado por el DANE. Para el cálculo del monto de la pensión se tienen en cuenta los rendimientos generados por la AFP y el valor del bono pensional, cuando hubiere éste.

2. A cualquier edad.


Pensión por invalidez

Se otorga a la personas que por cualquier causa de origen no profesional, y no provocada intencionalmente, pierden el 50% o más de su capacidad laboral , sin embargo el afiliado debió haber cotizado por lo menos 50 semanas dentro de los últimos tres años anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez.

Los menores de 20 años de edad sólo deben acreditar que han cotizado 26 semanas en el último año inmediatamente anterior al hecho causante de su invalidez o su declaratoria.

Dependiendo de la gravedad de la invalidez se determina el monto a recibir de la pensión: con el 50% al 65% de pérdida de capacidad laboral se recibirá el 45% del ingreso base de cotización con un incremento de un 1.5% por cada 50 semanas adicionales a las primeras 500. Si se pierde el 66% o más de la capacidad laboral se recibirá el 54% del ingreso base con un incremento de un 2% por cada 50 semanas adicionales a las primeras 800. Ninguna pensión puede ser inferior a un salario mínimo legal vigente ni superior al 75% del ingreso base de cotización.


Pensión de sobrevivientes

Esta pensión puede otorgarse a los beneficiarios del pensionado o del afiliado que fallezca habiendo cotizado como mínimo 50 semanas dentro de los últimos tres años anteriores a la fecha de su muerte. Si la persona que fallece ya estaba pensionada por vejez, el monto de la pensión será del 100% del monto de lo que estaba recibiendo pero si el fallecido aún se encontraba aportando será el 45% del ingreso base de cotización incrementando el 2% por cada 50 semanas adicionales a las 500 primeras, sin que exceda del 75% del ingreso base de cotización.

Los beneficiarios solo podrán ser los siguientes:

1. El cónyuge o compañero(a) permanente con cinco (5) años de convivencia.

2. Los hijos menores de 18 años, los hijos mayores de 18 años y hasta 25 años, incapacitados para trabajar por razón de sus estudios y que, en el momento de la muerte del afiliado o pensionado dependan económicamente de éste.

3. Los hijos inválidos con dependencia económica del fallecido.

4. Los padres, si dependían económicamente del causante, cuando no haya hijos ni cónyuge.

5. Los hermanos inválidos que dependían económicamente del pensionado o afiliado.

Estas son las tres pensiones que establece el Sistemas General de Seguridad Social creado por la Ley 100 de 1993, que rige a partir del primero de abril de 1994 para todos los habitantes del territorio colombiano excepto para las personas que cumplían los requisitos exigidos a esa fecha, para los beneficiarios del régimen de transición y para las personas exceptuadas del Sistema: Policía Nacional, Fuerzas Militares, Magisterio y Ecopetrol.


Vía: Finanzaspersonales.com.co

Régimen de Prima Media y Régimen de Ahorro Individual se Complementarían y no Competirían


“Aumentar la edad o el número de semanas no ayuda a solucionar los problemas de cobertura, desigualdad o sostenibilidad”, ha dicho el Ministro de Trabajo. Sin embargo, edades de jubilación subirán desde el año 2014 por una ley.

El ministro de Trabajo, Rafael Pardo, presentó el Nuevo Modelo de Protección a la Vejez, el cual buscaría que el Régimen de Prima Media, administrado por Colpensiones, y el Régimen de Ahorro Individual, administrado por fondos privados, se articulen para que la competencia entre los dos se termine.

Quienes coticen sobre la base de un salario mínimo legal mensual vigente estarán en el Régimen de Prima Media y los que puedan cotizar por encima de este monto harán sus aportes en el Régimen de Ahorro Individual, a través de los fondos privados de pensión.
“las edades de jubilación subirán en el 2014 por una ley establecida desde hace 10 años”

En este sistema no aumentará la edad para jubilarse. Sin embargo, las edades de jubilación subirán en el 2014 por una ley establecida desde hace 10 años. Hay que recordar que hoy la edad de jubilación para mujeres está en 55 años mientras que para hombres es de 60 años. En el 2014 se elevarán a 57 años para mujeres y 62 años para hombres.

El nuevo sistema de pensiones contempla que las personas que no alcancen a cotizar con un salario mínimo recurran a otras dos alternativas como: el sistema de Beps y Colombia Mayor, con el propósito de que todos los trabajadores puedan contar con un ingreso al llegar a la edad de jubilación o retiro.
Los 9 puntos claves que llevará la reforma

El Ministerio de Trabajo, en resumen, tiene nueve puntos a considerar dentro de la Reforma Pensional:

1. Pardo piensa que incrementar las semanas y la edad haría que menos personas logren cumplir los requisitos para pensionarse y por tanto es profundizar en el problema de la cobertura.

2. El Ministro tampoco cree que un cambio de parámetros ayude a suavizar significativamente el impacto fiscal o pasivo pensional, que hoy se estima en el 116,2% del PIB.

3. No se considera la opción de marchitar el régimen de prima media, es decir, Colpensiones. Aunque esto podría mejorar la equidad al no haber más subsidios, no tendría un impacto en la cobertura, que es el mayor problema actual.

4. El Gobierno propondrá tener un nuevo sistema general de pensiones. Esto implica equiparar las condiciones de pensión que tienen los regímenes actuales (RPM y RAIS). Para lograrlo, se eliminarían los subsidios que otorga el RPM y así se acabaría la competencia desigual que existe entre los dos sistemas.

5. ¿Cuál es la fórmula del Gobierno? La idea es que la cotización hasta un salario mínimo sea administrada bajo el modelo del RPM y los aportes por encima del mínimo irían al RAIS. De esta manera, todos los trabajadores recibirían el mismo subsidio del Estado en lo que tiene que ver con la porción del mínimo, pero el resto del capital ahorrado se comportaría como las cuentas individuales para formar la pensión.

6. Al final de la vida laboral, la persona tendría dos subcuentas: la del mínimo que llevaría implícito el subsidio del Estado y la del ahorro individual. La idea es que este mismo esquema funcione en el caso de los afiliados a Colpensiones.

7. Este modelo sería más equitativo. Una persona que hoy se gane seis millones de pesos, cuando termina su vida laboral, con el actual sistema de RPM se pensionaría con cerca de tres millones, mientras que si estuviera en el RAIS, recibiría un millón. Con este sistema propuesto, que sólo deja el subsidio para el primer salario mínimo, la pensión de este ciudadano sería de $1.600.000.

8. El Gobierno espera que esta opción cobije a todos, excepto a quienes les falten menos de 10 años para pensionarse.

9. El sistema incluye fortalecer dos programas. Colombia Mayor, que cobija a los adultos mayores del Sisbén 1 y 2, quienes reciben un subsidio de entre 40.000 y 75.000. Y los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS), mecanismo de cuentas individuales de ahorro que cuentan con el 20% de subsidio sobre el ahorro. Entre ambos se ampliará la cobertura a más de siete millones de trabajadores que hoy no cuentan con protección para la vejez.
Cuatro formas para pensionarse

1. Las personas que ya cuentan con la edad para pensionarse, pero no con las semanas cotizadas, se busca que accedan a ese beneficio. Para lograrlo, deberán continuar con las cotizaciones respectivas para que se puedan poner al día con el monto que les hace falta.

2. Para las parejas que no cuentan, de manera independiente, con los montos para pensionarse, la idea es que sumadas las semanas de ambos puedan acceder al beneficio.

3. De otra parte, está la posibilidad de que quienes no logran cotizar por escasez de recursos puedan tener un subsidio, lo cual sería para los estratos 1 y 2 del Sisbén.

4. Finalmente, para quienes puedan ahorrar así sea poco, estarían apoyados por un subsidio del Estado.
El punto de vista de Colpensiones

Colpensiones apoya totalmente la propuesta del Gobierno donde se revisan los tres temas: aumentar la cobertura, que sea fiscalmente sostenible y que sea un sistema equitativo. Para el presidente de la entidad, Alcides Vargas, “el Gobierno tiene que pensar cual es el país que se imagina en el futuro, no podemos seguir con que solo el 13% o el 15% de los que ahorra en régimen publico se pensionan y tenemos que mejorar la gente que se pensiona en el régimen privado, que está en el 20% o 25%. Ojalá le vaya bien por el bien del país”, así lo expresó en La República.

Para el Gobierno, el modelo de protección a la vejez comenzó desde el mismo día que se creó Colpensiones. “Esto no empieza ahora, el nuevo modelo ya empezó. Con la creación de Colpensiones nos modernizamos y nos ponemos al día en el servicio al usuario y aseguramos la permanencia del Régimen de Prima Media, como sistema de pensiones para los trabajadores formales. Con Colombia Mayor estamos fortaleciendo la atención a nuestros adultos más pobres y con los BEP ampliaremos la cobertura a más de 7 millones de trabajadores que hoy no cuentan con protección para la vejez porque son informales o porque no cumplen requisitos de pensión”, dice Rafael Pardo en la página del Ministerio.

Via: Actualicese.com

Información para Tener en Cuenta RPM


¿De qué trata el régimen de Prima Media? 

El régimen de prima media permite recibir una pensión de por vida, luego de haber cumplido la etapa profesional, para contar con recursos fijos para la vejez. Esta también permite acceder a una pensión de invalidez en caso de no poder seguir trabajando por una enfermedad o accidente o sobrevivencia para sus beneficiarios y en caso de fallecimiento se obtendrá un auxilio funerario. El valor de la pensión no depende del ahorro sino del tiempo acumulado y el salario base de cotización.
Vía: El País.

Cambios en Edad y Cotización para Pensiones en Colombia


El 2014 empezó con una noticia no muy agradable para más de seis millones de personas que aportan en el Régimen de Pensión de Prima Media, (administrado por el Estado a través de Colpensiones, anteriormente Seguro Social), quienes a partir de este año tendrán que sumar dos años más a la edad y 25 semanas para poder acceder a la anhelada pensión de vejez.
Pero, ¿cómo se da esta medida? La ley 100 de 1993 que fue ratificada luego por la Ley 797 del 2003, establece que las mujeres para poder pensionarse deberán tener 57 años de edad y los hombres 62, y cada uno deberá tener un total de 1.275 semanas cotizadas. Entre tanto, para 2015, las edades serán las mismas, pero con un aumento de 25 semanas cotizadas, es decir, un total de 1.300 semanas.
La ley mencionada anteriormente, indica que desde 2006 y hasta el 2015 se daría un incremento anual de 25 semanas para pensionarse, lo que significa que el requisito de cotización aumentará en 300 semanas entre el 2005 y el 2015, al pasar de 1.000 a 1.300 semanas, es decir que cada persona deberá trabajar casi seis años más para obtener su pensión.
De acuerdo a Juan Carlos Cortés, Viceministro de Trabajo, “en Colombia la edad de pensión es media-baja si se compara con otros países. Esta medida no es un fenómeno aislado, hace parte de la dinámica de sostenibilidad del sistema de pensiones”.
Pero no todos aquellos que coticen en el régimen de prima media se verán afectados por la medida a partir de este año, a los afiliados a que pertenecen al régimen de transición creado por la Ley 100 de 1993, se les mantendrá la edad de pensionarse en 55 años para mujeres y 60 años para hombres, si reúnen el número de semanas exigido a más tardar el 31 de diciembre de este año, estos serían los únicos que tendrían esta gabela durante 2014. Cabe recordar que aún este tema está en discusión, pues este régimen ya está en vía de extinción e iría solo hasta este año.
Por otro lado, el aumento de la edad o semanas para el reconocimiento de la pensión de vejez para quienes están afiliados al régimen de Ahorro individual con Solidaridad bajo la garantía de pensión mínima, esta seguirá siendo de 57 años para mujeres y 62 para hombres, con un total de 1.150 semana.
Tampoco afecta drásticamente a los más de 11,6 millones de afiliados a los fondos privados de pensiones, ya que en este régimen se tiene en cuenta el capital acumulado durante la vida laboral. Solo a quien no logre reunir el capital mínimo para pensionarse tendrá que esperar dos años más, así cumpla con los requisitos.
Según Mauricio Martínez, abogado experto en derecho pensional, “esta medida, a mi parecer dificulta aún más la situación actual que tiene los miles de cotizantes en el país, pues es menos el tiempo en el que se pude disfrutar de la pensión. Aunque para algunos esto permite tener una vida laboral más activa”.
De esta manera, antes de apresurarse a pensar en que se aumenta la edad de pensión debe revisar a qué régimen pertenece y así ver las características.
Vía: El País.

lunes, 28 de abril de 2014

Entra en vigencia pensión familiar para parejas en Colombia



La pensión familiar será una sola pensión, en caso de fallecimiento de uno de los cónyuges o compañeros beneficiarios de la pensión, la porción del 50% acrecentará la del superviviente; y en caso de separación, la pensión familiar acabará.

Desde esta semana los esposos o compañeros permanentes podrán solicitar el reconocimiento de la pensión familiar por la suma de esfuerzos o cotización a aportes al Sistema General de Pensiones.
El gobierno definió los requisitos para acceder la pensión familiar en el Régimen de Prima Media con Prestación definida, que administra Colpensiones y el Régimen de Ahorro Individual con solidaridad, de las Administradoras de Fondos de pensiones.
El ministerio de Trabajo explicó que el reconocimiento de la pensión familiar se adquiere a partir de la fecha de la solicitud de este derecho, siempre y cuando se cumplan los requisitos que establece el decreto 288 del 12 de febrero de 2014.
Explica el informe de prensa que para obtener el reconocimiento de la pensión familiar en el Régimen de Prima Media, cada cónyuge o compañero permanente deberá estar afiliado al momento de solicitarla, haber cumplido con los requisitos para adquirir el derecho a la indemnización sustitutiva y sumar entre los dos como mínimo el número de semanas exigidas de la pensión de vejez conforme a lo establecido en la Ley 100 de 1993.
Deberá haber cotizado al cumplir los 45 años de edad, el 25% de las semanas requeridas para acceder a una pensión de vejez, teniendo en cuenta el año de cumplimiento de la edad.
Explica el informe que si cumplió 45 años en 2004 o años anteriores, las semanas requeridas de cotización son 250. Igualmente se deberán acreditar mediante registro civil o declaración ante notario, más de 5 años de relación conyugal o convivencia permanente, los que debieron haber iniciado antes de haber cumplir 55 años de edad cada uno, y estar clasificados en los niveles 1 y 2 del Sisben al momento de cumplir la edad de pensión.
Para el caso del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad las exigencias para cada uno de los cónyuges o compañeros permanentes son: estar afiliados a este régimen, cumplir con los requisitos para adquirir el derecho a la devolución de saldos; sumar entre los dos el capital necesario para tener derecho y acreditar más de cinco años de relación.
Los aspirantes a pensión familiar que se encuentren afiliados a diferentes Administradoras de fondos de pensiones, deberán solicitar saldo existentes en sus cuentas individuales, el valor de los bonos pensionales y capitalizados, así como el número de semanas cotizadas en el Sistema General de Pensiones. Serán los cónyuges o compañeros los que determinen la administradora titular, precisa el informe oficial.
Destaca el ministerio de Trabajo que la norma aplicará a las parejas del mismo sexo a que se refiere la sentencia C-577 de 2011 de la Corte Constitucional, que hayan solemnizado y formalizado su unión con fundamento en la misma sentencia.
Aclara el informe de prensa que la pensión familiar será una sola pensión, en caso de fallecimiento de uno de los cónyuges o compañeros beneficiarios de la pensión, la porción del 50% acrecentará la del superviviente; y en caso de separación, la pensión familiar acabará. 

Vía: El Espectador.