Si tu hijo fallecido era pensionado o afiliado al RPM y no tenia cónyuge o compañera permanente, ni hijos, Colpensiones te dará la tranquilidad, que en estos momentos necesitas.
Debes tener en cuenta los siguientes requisitos:
1. Demostrar el parentesco (madre o padre) con el pensionado fallecido
2. Demostrar el parentesco (madre o padre) del afiliado fallecido
3. Que el afiliado hubiera cotizado por lo menos cincuenta (50) semanas dentro de los tres últimos años inmediatamente anteriores al fallecimiento.
Reunir la siguiente documentación del afiliado fallecido:
Registro civil de defunción del pensionado y/o afiliado fallecido.
- Si el afiliado fallecido nació antes del 15 de junio de 1938, necesitas presentar la partida eclesiástica de bautismo en original
- Si el afiliado fallecido nació después del 15 de junio de 1938, necesitas registro civil de nacimiento (no superior a 3 meses)
- Fotocopia ampliada al 150% de la cédula de ciudadanía o de extranjería del afiliado fallecido.
- En el evento que no te encuentres afiliado, ni como cotizante ni como beneficiario a EPS alguna, debes diligenciar el formulario vinculación EPS con el fin de girar los descuentos por salud, a partir del ingreso a nómina de pensionados.
- En el evento que no te encuentres afiliado, ni como cotizante ni como beneficiario a EPS alguna, debes diligenciar el formulario vinculación EPS con el fin de girar los descuentos por salud, a partir del ingreso a nómina de pensionados.
- Si tu solicitud la vas a realizar por persona autorizada, debes anexar copia de autorización otorgada ante Notario o cónsul según sea el caso, junto con la fotocopia de la cédula de ciudadanía y certificado de supervivencia.
Vía: Edupensión.gov.co
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