martes, 29 de julio de 2014

Pensión de sobrevivientes para hermanos inválidos.


Si tu hermano (a) falleció y eres inválido, estos son los requisitos que debes cumplir para que Colpensiones pueda solucionar tu caso.

Debes tener en cuenta:

1. Que la persona fallecida estuviera afiliado al RPM

2. Demostrar a través de documento legal la muerte del afiliado o pensionado

3. Que el afiliado hubiera cotizado por lo menos cincuenta (50) semanas dentro de los tres últimos años inmediatamente anteriores al fallecimiento.

Esta prestación se reconoce a a los hermanos en estado de invalidez sólo a falta de cónyuge, compañero o compañera permanente, padres e hijos con derecho.

Reúna la siguiente documentación del afiliado fallecido:

  • Si el afiliado fallecido nació antes del 15 de junio de 1938, necesitas presentar la partida eclesiástica de bautismo en original.
  • Si el afiliado fallecido nació después del 15 de junio de 1938, necesitas registro civil de nacimiento (no superior a 3 meses) 
  • Fotocopia ampliada al 150% de la cédula de ciudadanía o de extranjería del afiliado fallecido. 
  • Anexar Certificado de vinculación a la EPS hasta la fecha de radicación de la solicitud prestacional. 
  • En el evento que no te encuentres afiliado, ni como cotizante ni como beneficiario a EPS alguna, debes diligenciar el formulario vinculación EPS con el fin de girar los descuentos por salud, a partir del ingreso a nómina de pensionados. 
  • Si tu solicitud la vas a realizar a través de apoderado (abogado) debes anexar copia del poder con la debida presentación personal ante notario o cónsul según sea el caso, junto con fotocopia de la cédula de ciudadanía y tarjeta profesional. 
  • Si tu solicitud la vas a realizar por persona autorizada, debes anexar copia de autorización otorgada ante Notario o cónsul según sea el caso, junto con la fotocopia de la cédula de ciudadanía y certificado de supervivencia.


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