Esta semana queremos compartir con ustedes algunas de las preguntas frecuentes que se hacen frente al tema pensional de nuestro país. Son alrededor de 100 preguntas que serán divididas en series para hacer más fácil su comprensión.
A continuación les compartimos la primera tanda que incluye las primeras 5 preguntas.
1. Una persona lleva 32 años cotizando. Con que IBL se pensiona, ¿Con el promedio de los últimos 10 años o con el último sueldo?
Para determinar el ingreso base de liquidación, se tendrá en cuenta el promedio de los salarios sobre los cuales ha cotizado el afiliado durante los 10 años anteriores al reconocimiento de la pensión, contados hacia atrás desde la última cotización efectivamente realizada o se tendrá en cuenta el promedio de toda la vida laboral.
2. Cotizo sobre 3 salarios mínimos y cumplí tiempo y edad para mi pensión de vejez en mayo de 2011, ¿tengo derecho a obtener mi mesada 14?
Sí. Según el Acto Legislativo 01 del 25 de julio de 2005 las personas que devenguen entre uno y tres salarios mínimos y que adquieran el derecho a la pensión hasta el 31 de julio de 2011, tendrán derecho a la mesada 14.
3. Si un pensionado es soltero, sin hijos, pero tiene padres ¿Qué sucede con esa pensión?
La pensión se puede sustituir a los padres del pensionado, siempre y cuando éstos dependan económicamente de él.
4. ¿Qué pasa en el evento que un trabajador no afiliado a pensiones por omisión del empleador, sea despedido sin justa causa, después de haber laborado para el mismo empleador durante 10 años o más y menos de 15 años continuos?
El empleado tendrá derecho a que el empleador lo pensione (pensión sanción) desde la fecha de su despido si para entonces tenía cumplidos 60 años de edad si es hombre, o 55 años de edad si es mujer, o desde la fecha que cumpla esa edad con posterioridad al despido. La cuantía de la pensión será directamente proporcional al tiempo de servicios respecto de la que le habría correspondido al trabajador en caso de reunir todos los requisitos para acceder a la pensión de vejez en el régimen de prima media con prestación definida y se liquidará con base en el promedio devengado en los últimos 10 años de servicio actualizado con base en la variación del índice de precios al consumidor certificado por el DANE.
Para determinar el ingreso base de liquidación, se tendrá en cuenta el promedio de los salarios sobre los cuales ha cotizado el afiliado durante los 10 años anteriores al reconocimiento de la pensión, contados hacia atrás desde la última cotización efectivamente realizada o se tendrá en cuenta el promedio de toda la vida laboral.
2. Cotizo sobre 3 salarios mínimos y cumplí tiempo y edad para mi pensión de vejez en mayo de 2011, ¿tengo derecho a obtener mi mesada 14?
Sí. Según el Acto Legislativo 01 del 25 de julio de 2005 las personas que devenguen entre uno y tres salarios mínimos y que adquieran el derecho a la pensión hasta el 31 de julio de 2011, tendrán derecho a la mesada 14.
3. Si un pensionado es soltero, sin hijos, pero tiene padres ¿Qué sucede con esa pensión?
La pensión se puede sustituir a los padres del pensionado, siempre y cuando éstos dependan económicamente de él.
4. ¿Qué pasa en el evento que un trabajador no afiliado a pensiones por omisión del empleador, sea despedido sin justa causa, después de haber laborado para el mismo empleador durante 10 años o más y menos de 15 años continuos?
El empleado tendrá derecho a que el empleador lo pensione (pensión sanción) desde la fecha de su despido si para entonces tenía cumplidos 60 años de edad si es hombre, o 55 años de edad si es mujer, o desde la fecha que cumpla esa edad con posterioridad al despido. La cuantía de la pensión será directamente proporcional al tiempo de servicios respecto de la que le habría correspondido al trabajador en caso de reunir todos los requisitos para acceder a la pensión de vejez en el régimen de prima media con prestación definida y se liquidará con base en el promedio devengado en los últimos 10 años de servicio actualizado con base en la variación del índice de precios al consumidor certificado por el DANE.
5. Un trabajador con contrato a término indefinido con más de 30 años de vinculación laboral y 57 años de edad, afiliado al régimen de prima media con prestación definida ¿puede ser despedido al cumplir los 60 años de edad?
El empleador puede despedir al trabajador antes de cumplir la edad para pensionarse, siempre y cuando se cumpla alguna causal de despido con justa causa. Si bien es una justa causa de despido cumplir los requisitos para pensión de vejez, la aplicación de la justa causa procede cuando al trabajador le han reconocido o notificado la pensión por parte de las administradoras del sistema general de pensiones y lo hayan ingresado a la Nómina de Pensionados. Transcurridos treinta (30) días después de que el trabajador o servidor público cumpla con los requisitos establecidos para tener derecho a la pensión, si este no la solicita, el empleador podrá solicitar el reconocimiento de la misma en nombre de aquel. Lo anterior rige para todos los trabajadores del sector privado o servidores públicos afiliados al Sistema General de Pensiones.
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